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Prácticas formativas

Actividades de formación en empresas divididas en curriculares y extracurriculares, reguladas por el Estatuto del Becario con obligación de registro de horas y cotización a la Seguridad Social.

Qué son las prácticas formativas

Las prácticas formativas son periodos de formación práctica que los estudiantes realizan en empresas como complemento a su formación académica. Se dividen en dos modalidades principales: las prácticas curriculares, que forman parte del plan de estudios y son necesarias para obtener el título, y las prácticas extracurriculares, que son voluntarias y se realizan durante el periodo de estudios para ampliar competencias profesionales.

Con la entrada en vigor del Estatuto del Becario, el marco normativo de las prácticas formativas ha experimentado un cambio sustancial. Las empresas que acogen personas en prácticas tienen ahora obligaciones más estrictas en materia de registro de horas, cotización a la Seguridad Social y condiciones mínimas, acercando la figura del becario a un estándar de protección similar al del trabajador por cuenta ajena.

La regulación busca erradicar el uso fraudulento de las prácticas como sustitución de puestos de trabajo reales, estableciendo límites claros sobre las tareas que puede desempeñar la persona en prácticas y la proporción máxima de becarios respecto a la plantilla.

Tipos de prácticas y su regulación

Prácticas curriculares:

  • Integradas en el plan de estudios (grado, máster o FP).
  • Requieren convenio entre la empresa, el centro educativo y el estudiante.
  • Tienen un tutor académico y un tutor en la empresa.
  • Su duración está determinada por el plan de estudios.

Prácticas extracurriculares:

  • Voluntarias, no forman parte del título.
  • También requieren convenio tripartito.
  • Duración máxima establecida por normativa (generalmente no superior al 50% del curso académico).

Prácticas del contrato formativo (art. 11 ET):

  • Son relaciones laborales propiamente dichas, no prácticas académicas.
  • Se rigen por el Estatuto de los Trabajadores y el convenio colectivo aplicable.
  • Incluyen retribución obligatoria y alta completa en Seguridad Social.

Obligaciones de la empresa

Las empresas que acojan personas en prácticas formativas deben cumplir con las siguientes obligaciones:

  1. Registro de horas: llevar un control de la jornada formativa, incluyendo hora de entrada y salida, de forma análoga al registro de jornada de los trabajadores.
  2. Cotización a la Seguridad Social: las prácticas formativas remuneradas (y las no remuneradas en determinados supuestos) generan obligación de cotización.
  3. Límite de jornada: las prácticas no pueden superar la jornada ordinaria de la empresa, y se deben respetar los descansos mínimos.
  4. Prevención de riesgos laborales: informar al becario de los riesgos de su puesto y proporcionar los equipos de protección necesarios.
  5. Tutoría efectiva: designar un tutor que supervise y evalúe la formación práctica.
  6. No sustitución: las prácticas no pueden cubrir puestos estructurales ni sustituir a trabajadores en vacaciones, bajas o permisos.

Control de horas con herramientas digitales

Gestionar el registro de horas de los becarios con el mismo sistema que se utiliza para la plantilla simplifica el cumplimiento normativo y evita duplicidades. Un sistema como DALTICO Equipo permite configurar horarios específicos para personas en prácticas, con jornadas diferenciadas y alertas automáticas si se superan los límites establecidos en el convenio de prácticas.

Disponer de registros digitalizados con valor probatorio protege a la empresa ante posibles reclamaciones por exceso de jornada o relación laboral encubierta.

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