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Delegado de personal

Representante legal de los trabajadores en empresas de entre 6 y 49 empleados, elegido democráticamente con competencias de información, consulta y negociación.

Qué es un delegado de personal

El delegado de personal es el representante legal de los trabajadores en empresas o centros de trabajo con una plantilla de entre 6 y 49 empleados. Su funcion principal es defender los intereses laborales del conjunto de la plantilla ante la empresa, participar en la negociacion de condiciones de trabajo y ejercer los derechos de informacion y consulta que la ley le reconoce.

La figura del delegado de personal esta regulada en los articulos 62 y 63 del Estatuto de los Trabajadores (ET). En empresas de 50 o mas trabajadores, la representacion colectiva corresponde al comite de empresa, que es un organo colegiado con funciones equivalentes pero estructura diferente.

Numero de delegados segun plantilla

El numero de delegados de personal depende del tamano de la plantilla del centro de trabajo:

Plantilla del centroDelegados de personalObservaciones
1 a 5 trabajadores0No hay representacion legal obligatoria
6 a 10 trabajadores1 (si lo deciden los trabajadores)Requiere acuerdo mayoritario de la plantilla
11 a 30 trabajadores1Obligatorio si se solicitan elecciones
31 a 49 trabajadores3Obligatorio si se solicitan elecciones
50 o mas trabajadoresComite de empresaDe 5 a 75 miembros segun tamano

Es importante senalar que el computo se realiza por centro de trabajo, no por empresa. Una empresa con varios centros puede tener delegados en unos y comite en otros, segun la plantilla de cada centro.

Proceso de eleccion

La eleccion de delegados de personal se rige por el Titulo II del Estatuto de los Trabajadores:

  1. Promocion de elecciones: pueden promoverlas los sindicatos mas representativos, los que cuenten con un minimo del 10% de representantes en la empresa, o los propios trabajadores por acuerdo mayoritario.
  2. Preaviso: se comunica a la empresa y a la autoridad laboral con un minimo de un mes de antelacion.
  3. Censo electoral: todos los trabajadores mayores de 16 anos con al menos un mes de antiguedad tienen derecho a voto.
  4. Candidatos: pueden presentarse los trabajadores mayores de 18 anos con al menos 6 meses de antiguedad.
  5. Votacion: sufragio libre, directo, personal y secreto.
  6. Mandato: 4 anos, con posibilidad de reeleccion.

Derechos y competencias

Los delegados de personal tienen las mismas competencias que el comite de empresa, ejercidas de forma mancomunada cuando son tres. Sus principales derechos son:

  • Informacion: recibir informacion sobre la situacion economica de la empresa, contratacion, absentismo, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • Consulta: ser consultados previamente sobre reestructuraciones, modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo, traslados y despidos colectivos.
  • Negociacion: participar en la negociacion del convenio colectivo de empresa y en acuerdos sobre materias especificas.
  • Vigilancia: vigilar el cumplimiento de la normativa laboral, de Seguridad Social y de prevencion de riesgos laborales.
  • Garantias: proteccion contra despido durante su mandato y el ano siguiente, prioridad de permanencia y credito de horas retribuidas para el ejercicio de sus funciones.

Acceso al registro horario

El articulo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores establece expresamente que los registros de jornada deben estar a disposicion de los representantes legales de los trabajadores. Esto significa que los delegados de personal tienen derecho a:

Un sistema de registro horario digital como DALTICO Equipo facilita el ejercicio de este derecho mediante la generacion de informes accesibles que permiten a los delegados consultar los datos de forma autonoma, sin necesidad de solicitar extractos manuales a la empresa.

Relacion con el comite de empresa

A partir de 50 trabajadores en un centro, la representacion pasa del delegado de personal al comite de empresa. Las principales diferencias son:

AspectoDelegado de personalComite de empresa
Plantilla6-49 trabajadores50 o mas trabajadores
NaturalezaRepresentacion individual o pluralOrgano colegiado
Numero1 a 35 a 75 miembros
Toma de decisionesMancomunada (si son 3)Por mayoria del comite
CompetenciasIdenticasIdenticas

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