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SII

Sistema de gestión del IVA de la AEAT que obliga a las grandes empresas a enviar el detalle de sus facturas emitidas y recibidas en un plazo máximo de 4 días hábiles.

Qué es el SII

El SII (Suministro Inmediato de Información) es un sistema de gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) gestionado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Fue puesto en marcha el 1 de julio de 2017 y obliga a determinados contribuyentes a remitir electrónicamente el detalle de sus registros de facturación en un plazo muy reducido.

El SII sustituye la obligación de presentar los modelos informativos 347 (operaciones con terceros), 340 (libros registro de IVA) y 390 (resumen anual de IVA) para los sujetos obligados. A cambio, la AEAT dispone de información casi en tiempo real sobre las operaciones de estos contribuyentes, lo que permite contrastar automáticamente las facturas emitidas y recibidas entre las partes.

En esencia, el SII es un sistema de libros registro de IVA llevados a través de la sede electrónica de la AEAT, alimentados por los propios contribuyentes mediante el envío de los datos de cada factura.

Quién está obligado al SII

Los sujetos pasivos obligados a utilizar el SII son:

  • Grandes empresas: aquellas cuya facturación anual supera los 6.010.121,04 EUR (umbral del artículo 71.3 del RIVA).
  • Grupos de IVA: entidades acogidas al régimen especial de grupos de entidades (capítulo IX del título IX de la Ley 37/1992).
  • Inscritos en el REDEME: contribuyentes que voluntariamente se han inscrito en el Registro de Devolución Mensual del IVA.
  • Adhesión voluntaria: cualquier empresa o profesional puede optar voluntariamente por el SII presentando la declaración censal correspondiente (modelo 036).

En la práctica, el SII afecta a unas 63.000 empresas en España que, conjuntamente, representan aproximadamente el 80% de la facturación sujeta a IVA en el país.

Plazos de envío

Los registros de facturación deben remitirse a la AEAT dentro de los siguientes plazos:

Tipo de registroPlazo
Facturas emitidas4 días hábiles desde la expedición
Facturas recibidas4 días hábiles desde la fecha de registro contable
Bienes de inversiónDentro del plazo de presentación del último periodo de liquidación del año
Operaciones intracomunitarias4 días hábiles desde el inicio del transporte o expedición

Los sábados, domingos y festivos nacionales no computan como días hábiles a efectos del SII.

Funcionamiento técnico

El SII opera mediante el envío de ficheros XML a la sede electrónica de la AEAT a través de servicios web (SOAP/XML). El flujo es el siguiente:

  1. La empresa emite o registra una factura en su software de gestión.
  2. El software genera un mensaje XML con los campos requeridos (NIF, base imponible, tipo impositivo, cuota, clave de régimen, etc.).
  3. El mensaje se firma con certificado electrónico y se envía a la AEAT.
  4. La AEAT responde con un acuse de recibo indicando si el registro ha sido aceptado, aceptado con errores o rechazado.

La AEAT pone a disposición de los contribuyentes un libro registro “compartido” donde pueden consultar el estado de contraste de cada factura con la información comunicada por la contraparte.

Diferencia entre SII y VeriFactu

Aunque ambos sistemas implican comunicación con la AEAT, su alcance y filosofía son distintos:

AspectoSIIVeriFactu
ObligadosGrandes empresas (>6M EUR), REDEME, grupos de IVATodas las empresas y autónomos
ObjetoLibros registro de IVA (facturas emitidas y recibidas)Integridad del software de facturación
Plazo envío4 días hábilesTiempo real o bajo demanda
Operativo desde2017Previsto para 2026
Exención cruzadaLos obligados al SII no necesitan VeriFactuN/A

Para las PYMEs que no superan el umbral de 6 millones de euros, el sistema que les afectará directamente es VeriFactu, no el SII.

Implicaciones para PYMEs

Aunque la mayoría de PYMEs no están obligadas al SII por razón de facturación, conviene tener en cuenta:

  • Las empresas que trabajan como proveedoras de grandes empresas pueden verse indirectamente afectadas, ya que sus clientes contrastan las facturas recibidas con las emitidas.
  • La adhesión voluntaria al SII puede ser interesante para empresas que necesitan agilizar sus devoluciones de IVA (acceso al REDEME).
  • Contar con un software de facturación que soporte tanto el SII como VeriFactu y la factura electrónica permite escalar sin cambiar de herramienta.

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