Riesgo psicosocial
Condiciones laborales que pueden afectar negativamente a la salud mental y física de los trabajadores, incluyendo el exceso de jornada y la carga excesiva, cuya evaluación es obligatoria según la Ley 31/1995.
Qué es un riesgo psicosocial
Los riesgos psicosociales son aquellas condiciones presentes en el entorno laboral que, derivadas de la organizacion del trabajo, el contenido de las tareas o las relaciones interpersonales, pueden provocar danos en la salud mental y fisica de los trabajadores. A diferencia de los riesgos fisicos o quimicos, los riesgos psicosociales operan sobre la dimension psicologica y social del empleado, manifestandose como estres cronico, ansiedad, depresion o trastornos musculoesqueleticos asociados a la tension sostenida.
La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevencion de Riesgos Laborales (LPRL) establece la obligacion del empresario de evaluar todos los riesgos que no hayan podido eliminarse, incluidos expresamente los de naturaleza psicosocial. Esta obligacion se complementa con el articulo 16 de la misma ley, que exige integrar la evaluacion en un plan de prevencion de riesgos laborales documentado y actualizado.
En la practica, la Inspeccion de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) ha intensificado desde 2023 las campanas de vigilancia sobre riesgos psicosociales, con especial atencion a sectores con alta rotacion, jornadas prolongadas o trabajo a turnos.
Tipos de riesgos psicosociales
Los principales factores de riesgo psicosocial reconocidos por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) son:
| Factor de riesgo | Descripcion |
|---|---|
| Carga de trabajo excesiva | Volumen o ritmo de trabajo que supera la capacidad del empleado |
| Falta de autonomia | Escasa capacidad de decision sobre como o cuando realizar las tareas |
| Ambiguedad de rol | Indefinicion de funciones, responsabilidades o expectativas |
| Jornadas excesivas | Superacion sistematica del horario pactado o legal |
| Aislamiento social | Falta de apoyo de companeros o superiores, especialmente en teletrabajo |
| Conflicto interpersonal | Relaciones laborales deterioradas, acoso o discriminacion |
| Inseguridad contractual | Temporalidad, incertidumbre sobre la continuidad del empleo |
Obligaciones de la empresa
La normativa impone a las empresas un conjunto de obligaciones concretas para gestionar los riesgos psicosociales:
- Evaluar: realizar una evaluacion especifica de factores psicosociales mediante metodologias reconocidas (FPSICO del INSST, ISTAS21 o CoPsoQ).
- Planificar medidas: incorporar acciones preventivas en el plan de prevencion cuando la evaluacion detecte riesgos significativos.
- Vigilar la salud: ofrecer reconocimientos medicos orientados a detectar danos derivados de la exposicion psicosocial.
- Formar e informar: capacitar a mandos intermedios y empleados sobre la identificacion y gestion de estos riesgos.
- Documentar: conservar la evaluacion y las medidas adoptadas a disposicion de la ITSS.
El incumplimiento de estas obligaciones puede calificarse como infraccion grave conforme a los articulos 12.1 y 12.16 de la LISOS, con sanciones de hasta 49.180 euros.
Relacion con el registro horario
El control efectivo de la jornada laboral es una herramienta clave para detectar y prevenir riesgos psicosociales vinculados al exceso de horas. Un sistema de fichaje digital permite identificar patrones de prolongacion sistematica de jornada, acumulacion de horas extraordinarias no compensadas o incumplimiento del derecho a la desconexion digital.
DALTICO Equipo genera alertas automaticas cuando se detectan fichajes que superan de forma recurrente el horario establecido, proporcionando datos objetivos para la evaluacion de riesgos psicosociales y facilitando la documentacion que la ITSS puede requerir en una inspeccion.
