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Plan Estratégico ITSS 2025-2027: Las 5 Líneas de Inspección que Afectan a Tu Empresa

Análisis del Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo 2025-2027: líneas prioritarias, nuevos inspectores, inversión tecnológica y cómo prepararte.

Análisis del Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo 2025-2027: líneas prioritarias, nuevos inspectores, inversión tecnológica y cómo prepararte.
Dato claveCifra
Publicación oficialBOE de 12 de septiembre de 2025 (BOE-A-2025-18078)
AprobaciónConsejo de Ministros de 26 de agosto de 2025
Nuevos inspectores y subinspectores554 efectivos adicionales
Plantilla total ITSS2.482 efectivos (cifra histórica, +23 % desde enero de 2020)
Inversión en tecnología28,5 millones EUR
Sanciones por tiempo de trabajo en 202420,2 millones EUR (Fuente: Memoria ITSS 2024)
Actuaciones en registro de jornada 20249.097 actuaciones, 1.869 infracciones

El 12 de septiembre de 2025, el Boletín Oficial del Estado publicó la Resolución de 8 de septiembre de 2025, de la Secretaría de Estado de Trabajo, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 26 de agosto de 2025 que aprueba el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2025-2027 (BOE-A-2025-18078). Es un documento extenso, técnico y con implicaciones directas para la gestión de personas en cualquier empresa española.

En DÁLTICO hemos analizado el Plan completo y hemos identificado las cinco líneas de actuación que más impacto tendrán en las pymes con plantillas de entre 10 y 200 trabajadores. No todas las líneas afectan a todas las empresas por igual, pero la combinación de más inspectores, más tecnología y más foco en el registro de jornada configura un escenario donde la probabilidad de recibir una inspección es significativamente mayor que en el período anterior.

Este artículo desglosa cada línea con datos reales, explica qué cambia respecto al plan anterior y ofrece recomendaciones concretas para que tu empresa esté preparada.

Qué es el Plan Estratégico de la ITSS y por qué te importa

Un plan, no una ley

Conviene aclarar un matiz importante: el Plan Estratégico de la ITSS no es una norma jurídica nueva. No crea obligaciones adicionales para las empresas ni modifica la legislación vigente. Es un documento de planificación interna de la Inspección de Trabajo que establece sus prioridades, recursos y líneas de actuación para un período de tres años.

Entonces, si no crea nuevas obligaciones, ¿por qué debería importarte? Porque determina dónde va a poner el foco la Inspección. Las leyes que tu empresa debe cumplir ya existen (Estatuto de los Trabajadores, LISOS, Ley de Prevención de Riesgos Laborales, Ley de Teletrabajo, etc.). Lo que el Plan Estratégico te dice es qué incumplimientos van a perseguirse con más intensidad. Y eso es información muy valiosa para priorizar tus esfuerzos de cumplimiento.

Contexto: la ITSS más grande de su historia

El Plan 2025-2027 llega en un momento en que la Inspección de Trabajo cuenta con 2.482 efectivos, la cifra más alta de su historia, lo que supone un incremento del 23 % respecto a enero de 2020. A esta plantilla se le sumarán 554 nuevos inspectores y subinspectores de Empleo y Seguridad Social, así como subinspectores de Seguridad y Salud Laboral.

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, presentó el Plan el 2 de octubre de 2025 con una declaración inequívoca: “En nuestro país no cabe el empleo sin derechos”. El mensaje político está claro. Pero más allá de la declaración, los números confirman que este Plan viene respaldado por recursos reales: 28,5 millones de euros destinados a la transformación digital del organismo, incluyendo un laboratorio de informática forense, la implantación de un expediente electrónico, la automatización de procedimientos y una futura sede electrónica que centralizará las comunicaciones entre la ITSS y los ciudadanos.

Estructura del Plan: dos ejes, diez metas

El Plan se organiza en dos ejes estratégicos:

Eje 1: Actividad inspectora. Contiene diez metas que abarcan los ámbitos en los que la ITSS va a concentrar sus actuaciones: relaciones laborales individuales y colectivas, seguridad y salud en el trabajo, igualdad y no discriminación, empleo, seguridad social y lucha contra el trabajo no declarado.

Eje 2: Medidas organizativas y estructurales. Se centra en la modernización interna del organismo: refuerzo de plantilla, transformación digital, formación especializada y cooperación institucional.

Para las empresas, lo relevante es el Eje 1. Vamos a desglosar las cinco líneas de actuación que, desde nuestra perspectiva, más impacto tendrán en las pymes españolas.

Línea 1: Registro de jornada y tiempo de trabajo

Por qué es la prioridad número uno

El control del tiempo de trabajo lleva siendo una prioridad de la ITSS desde la entrada en vigor del RDL 8/2019 que estableció la obligación del registro de jornada. Pero el Plan 2025-2027 eleva esta prioridad a un nivel superior por varios motivos:

  • La reforma del artículo 34.9 del ET que exigirá el registro horario digital obligatorio está en tramitación parlamentaria y se espera su aprobación durante 2026.
  • Las sanciones por incumplimientos en tiempo de trabajo alcanzaron los 20,2 millones de euros en 2024, según la Memoria Anual de la ITSS.
  • La campaña específica de la ITSS sobre registro horario y límites de jornada, activada en septiembre de 2025, ya está generando actuaciones masivas.

El Plan prevé utilizar el registro de jornada digital e interoperable como instrumento central de control. Esto significa que la Inspección no solo va a verificar si la empresa tiene un registro, sino que va a analizar los datos del registro para detectar irregularidades: jornadas que superan los límites legales, horas extra no compensadas, descansos no respetados.

Qué va a revisar la Inspección

Según el propio Plan y la campaña en curso, las actuaciones se centrarán en:

  1. Existencia del registro: ¿Tiene la empresa un sistema de registro diario de jornada para todos los trabajadores?
  2. Contenido del registro: ¿Incluye hora real de inicio y fin de cada jornada? ¿O refleja horas teóricas?
  3. Accesibilidad: ¿Están los registros disponibles de forma inmediata para trabajadores, representantes legales e inspectores?
  4. Conservación: ¿Se conservan durante cuatro años?
  5. Correspondencia con la realidad: ¿Los registros coinciden con las nóminas? Si el registro muestra jornadas de 9 horas pero la nómina no refleja horas extra, hay un problema.
  6. Formato: Aunque la reforma del registro digital aún no está en vigor, la ITSS ya está valorando negativamente los sistemas en papel y Excel por su falta de fiabilidad y trazabilidad.

Cómo prepararte

Si tu empresa no tiene un sistema de registro horario o lo tiene en papel o Excel, la recomendación desde DÁLTICO es clara: migra a un sistema digital antes de que te lo exija una inspección. No porque la ley ya lo obligue (la reforma está en tramitación), sino porque la ITSS ya está actuando con mayor rigor sobre los sistemas no digitales.

Para una guía completa sobre el registro horario obligatorio, incluidas las implicaciones de la futura reforma digital, consulta nuestro artículo sobre registro horario obligatorio en España.

Línea 2: Teletrabajo y desconexión digital

El foco de la ITSS en el trabajo a distancia

La Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia, estableció el marco legal del teletrabajo en España. El Plan Estratégico 2025-2027 intensifica la vigilancia sobre su cumplimiento porque, según la propia ITSS, muchas empresas adoptaron el teletrabajo durante la pandemia pero no formalizaron las condiciones legalmente requeridas.

Las actuaciones se centrarán en:

  • Acuerdo individual de trabajo a distancia: La ley exige un acuerdo por escrito con contenido mínimo obligatorio (inventario de equipos, horario, distribución de gastos, centro de trabajo, etc.) cuando el teletrabajo supere el 30 % de la jornada en un período de referencia de 3 meses.
  • Registro de jornada del teletrabajador: La obligación de registro se aplica igualmente a los trabajadores a distancia. El sistema debe garantizar que el teletrabajador registra su jornada de forma fiable, independientemente de su ubicación.
  • Derecho a la desconexión digital: El artículo 88 de la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos reconoce el derecho a la desconexión digital. La Ley de Teletrabajo lo refuerza en su artículo 18. La ITSS va a verificar que las empresas tienen una política interna de desconexión digital y que se cumple efectivamente.

Teletrabajo internacional: el nuevo foco

Una novedad del Plan 2025-2027 es la atención al teletrabajo internacional: trabajadores que prestan servicios desde otro país para empresas españolas (o viceversa). Las implicaciones en materia de seguridad social, fiscalidad y legislación laboral aplicable son complejas, y la ITSS ha identificado esta modalidad como un área de riesgo creciente.

Cómo prepararte

  1. Verifica que todos tus teletrabajadores tienen un acuerdo individual de trabajo a distancia formalizado por escrito y con el contenido mínimo que exige la Ley 10/2021.
  2. Asegúrate de que tu sistema de registro horario permite el fichaje remoto y que los teletrabajadores lo utilizan efectivamente. Hemos publicado una guía específica sobre registro horario en teletrabajo e híbrido que detalla las obligaciones y las mejores prácticas.
  3. Redacta e implementa una política de desconexión digital. No es suficiente con incluir una cláusula en el contrato; la empresa debe adoptar medidas concretas (por ejemplo, no enviar correos fuera de horario laboral, desactivar notificaciones, etc.) y documentar su implementación.

Línea 3: Horas extraordinarias y exceso de jornada

El cruce de datos como arma de detección

Esta línea de actuación está directamente vinculada con el registro de jornada, pero merece tratamiento independiente por su importancia sancionadora. El Plan 2025-2027 prevé que la ITSS intensifique el cruce de datos entre los registros de jornada, las nóminas y las cotizaciones a la Seguridad Social para detectar horas extraordinarias no declaradas.

El mecanismo es conceptualmente sencillo: si el registro de jornada muestra que un trabajador ha trabajado 180 horas en un mes, pero su nómina refleja una jornada de 160 horas sin horas extra, existe una discrepancia de 20 horas que puede ser constitutiva de infracción.

Las consecuencias de las horas extra no registradas ni cotizadas son múltiples:

  • Sanción administrativa por infracción grave (art. 7.5 LISOS): de 751 a 7.500 EUR.
  • Regularización de cotizaciones: La ITSS puede levantar acta de liquidación de cuotas a la Seguridad Social por las horas extra no cotizadas, con un alcance retroactivo de hasta 4 años.
  • Recargo de prestaciones: Si un trabajador sufre un accidente durante horas extra no registradas, la empresa puede enfrentarse a un recargo de prestaciones de entre el 30 % y el 50 %.

El Tribunal Supremo ha sido claro en esta materia. En su sentencia reiterada en 2024, estableció la ilegalidad de los sistemas de registro de horas extra supeditados a una autorización previa del superior jerárquico. Es decir, un sistema donde las horas extra solo se registran si el jefe las autoriza previamente no cumple con la ley: todas las horas trabajadas deben registrarse, y si exceden la jornada ordinaria, son horas extra con independencia de que exista o no autorización previa.

Cómo prepararte

El mejor sistema de prevención es un registro horario que capture la hora real de entrada y salida de cada trabajador todos los días. Si el registro muestra un exceso sobre la jornada ordinaria, la empresa tiene dos opciones legales: pagarlo como horas extra o compensarlo con tiempo de descanso equivalente. Lo que no puede hacer es ignorarlo.

Para más información sobre los límites y la compensación de horas extraordinarias, consulta nuestro artículo sobre horas extra, registro, límites y compensación.

Línea 4: Subcontratación, cesión ilegal y empresas de trabajo temporal

Contratas y subcontratas bajo la lupa

El Plan 2025-2027 refuerza los controles sobre subcontratación y cesión ilegal de trabajadores, un área donde la ITSS ha detectado un incremento de las irregularidades. Las actuaciones se centrarán en:

  • Cesión ilegal de trabajadores (art. 43 ET): Empresas que formalmente subcontratan servicios pero en la práctica ceden trabajadores que operan bajo la dirección y organización de la empresa cliente. La reforma laboral de 2021 endureció las consecuencias de esta práctica.
  • Contratas y subcontratas (art. 42 ET): Verificación de que las empresas contratistas cumplen con sus obligaciones laborales y de Seguridad Social, y de que la empresa principal ejerce su deber de vigilancia.
  • Empresas de trabajo temporal (ETT): Control de que los trabajadores cedidos por ETT reciben las mismas condiciones que los trabajadores directos de la empresa usuaria, incluyendo el registro de jornada.

Este último punto es relevante para las empresas que utilizan ETT: el registro de jornada de los trabajadores temporales es responsabilidad de la empresa usuaria, no de la ETT. Si tu empresa recibe trabajadores de ETT y no los incluye en su sistema de registro horario, está incumpliendo la ley. Hemos abordado este tema en detalle en nuestro artículo sobre registro horario en ETT y empresas temporales.

Falsos autónomos y cooperativas de trabajo asociado

El Plan pone especial énfasis en dos figuras fraudulentas:

  • Falsos autónomos: Personas que trabajan como asalariados de facto (horario fijo, dependencia organizativa, exclusividad) pero están dadas de alta como trabajadores autónomos. La ITSS va a intensificar los cruces masivos de datos con la AEAT y la Seguridad Social para detectar estos casos.
  • Falsas cooperativas de trabajo asociado: Cooperativas que se constituyen formalmente pero en la práctica funcionan como una empresa con trabajadores asalariados encubiertos, evitando así las obligaciones laborales y de Seguridad Social.

Ambas figuras están en el punto de mira por su vinculación con las plataformas digitales de reparto y servicios, pero también afectan a sectores tradicionales como la construcción, la logística y los servicios de limpieza.

Cómo prepararte

Si tu empresa utiliza subcontratas o ETT, verifica que:

  1. Los contratos de prestación de servicios están correctamente formalizados y no encubren una cesión de trabajadores.
  2. Los trabajadores de ETT están incluidos en tu sistema de registro horario.
  3. Ejerces tu deber de vigilancia sobre las condiciones laborales de los trabajadores de las contratas que operan en tus instalaciones.
  4. No tienes colaboradores autónomos que cumplan los indicios de laboralidad (horario fijo, dependencia, exclusividad, integración en la organización).

Línea 5: Prevención de riesgos laborales

Evaluaciones de riesgos: el foco se amplía a lo psicosocial

La prevención de riesgos laborales ha sido siempre un eje central de la ITSS. La novedad del Plan 2025-2027 es la ampliación del foco hacia los riesgos psicosociales: estrés laboral, acoso, carga de trabajo excesiva, falta de conciliación. Hasta ahora, las inspecciones en prevención se centraban mayoritariamente en riesgos físicos (caídas, exposición a agentes químicos, uso de maquinaria). El nuevo Plan incluye expresamente las evaluaciones psicosociales como área prioritaria.

Las actuaciones previstas incluyen:

  • Evaluaciones de riesgos: Verificar que la empresa tiene una evaluación de riesgos actualizada que incluya los riesgos psicosociales, no solo los físicos.
  • Planificación preventiva: Comprobar que existe un plan de prevención con medidas concretas y plazos de implementación.
  • Formación e información: Verificar que los trabajadores reciben formación específica para su puesto de trabajo.
  • Vigilancia de la salud: Comprobar que se ofrecen reconocimientos médicos periódicos y que los resultados se tienen en cuenta en la evaluación de riesgos.
  • Investigación de accidentes: La ITSS va a intensificar la investigación de los accidentes de trabajo para verificar si existía una evaluación de riesgos previa que contemplara el riesgo materializado.

La conexión entre registro horario y prevención

Aquí hay un punto que muchas empresas no ven: el registro de jornada es también un instrumento de prevención de riesgos laborales. Las jornadas excesivas, la falta de descanso y el trabajo nocturno prolongado son factores de riesgo reconocidos que pueden derivar en accidentes laborales, estrés o enfermedades profesionales.

Si el registro de jornada muestra que un trabajador lleva tres semanas sin descanso semanal completo o que acumula jornadas de 12 horas de forma sistemática, eso no solo es una infracción laboral: es un indicador de riesgo que debería activar medidas preventivas.

Cómo prepararte

  1. Actualiza tu evaluación de riesgos para incluir riesgos psicosociales.
  2. Verifica que tu plan de prevención incluye medidas concretas, no solo declaraciones genéricas.
  3. Documenta la formación impartida a cada trabajador.
  4. Utiliza los datos de tu sistema de registro horario como indicador de riesgo: jornadas excesivas, falta de descansos y trabajo nocturno prolongado son señales de alarma.

El laboratorio de informática forense de la ITSS

Qué es y qué implica para las empresas

Una de las novedades más relevantes del Plan 2025-2027, y la que menos atención mediática ha recibido, es la creación de un laboratorio de informática forense dentro de la ITSS. Este laboratorio estará equipado para obtener evidencias digitales mediante técnicas avanzadas, lo que permitirá a la Inspección verificar la autenticidad e integridad de los registros horarios digitales.

Hasta ahora, la ITSS verificaba los registros de jornada de forma documental: pedía los registros, los revisaba y comprobaba si existían irregularidades aparentes. Con el laboratorio forense, la Inspección podrá ir un paso más allá: analizar si los registros han sido manipulados, si las fechas y horas son coherentes con los metadatos del sistema, si se han realizado modificaciones masivas retroactivas.

En DÁLTICO llevamos años advirtiendo sobre la importancia de la trazabilidad y la inalterabilidad de los registros horarios. Un sistema donde un administrador puede cambiar fichajes retroactivamente sin dejar rastro documental no es solo un problema legal: es un riesgo que ahora la ITSS tendrá capacidad técnica para detectar.

Qué debe tener tu sistema para resistir un análisis forense

  • Trazabilidad completa: Cada fichaje debe quedar registrado con fecha, hora, dispositivo de origen e identificación del trabajador. Cualquier modificación posterior debe conservar el registro original y documentar quién la realizó, cuándo y por qué.
  • Inalterabilidad del registro original: El fichaje del trabajador no debe poder eliminarse ni sobrescribirse. Las correcciones deben realizarse como registros adicionales vinculados al original.
  • Logs de auditoría: El sistema debe mantener un registro de todas las acciones administrativas (modificaciones, exportaciones, eliminaciones) con identificación del usuario que las realizó.
  • Almacenamiento seguro: Los datos deben almacenarse de forma que se garantice su integridad frente a manipulación, con respaldo y control de accesos.

Si quieres profundizar en los requisitos técnicos de un sistema de registro horario robusto, consulta nuestro artículo sobre requisitos técnicos del registro horario digital.

Los datos que debes conocer

Cifras de la Memoria ITSS 2024

Para dimensionar correctamente el impacto del Plan, conviene tener presentes los datos de la actividad inspectora en 2024:

  • Sanciones por tiempo de trabajo: 20,2 millones de euros, de los cuales 2,99 millones corresponden directamente a infracciones de registro de jornada.
  • Actuaciones en registro de jornada: 9.097 actuaciones específicas.
  • Infracciones detectadas: 1.869, lo que supone que aproximadamente 1 de cada 5 empresas inspeccionadas tenía alguna irregularidad.
  • Trabajadores afectados: Más de 200.000.

Estas cifras corresponden al período anterior al Plan 2025-2027. Con 554 inspectores adicionales, inversión tecnológica de 28,5 millones de euros y campañas específicas ya en marcha, es razonable esperar un incremento significativo de las actuaciones en los próximos dos años.

Evolución de las sanciones

Las sanciones por incumplimientos en el registro de jornada han seguido una tendencia creciente desde 2019, año de entrada en vigor de la obligación. En 2019, las multas por tiempo de trabajo totalizaron 6,88 millones de euros. En 2024, superaron los 20 millones. Esta tendencia no es casual: refleja tanto el aumento de las actuaciones como el endurecimiento progresivo del criterio inspector.

Para un desglose detallado de las cuantías sancionadoras, consulta nuestro artículo sobre sanciones por no tener registro horario.

Qué significa todo esto para tu empresa

Mayor probabilidad de inspección

La combinación de más inspectores, más tecnología y campañas específicas aumenta objetivamente la probabilidad de que tu empresa reciba una visita o un requerimiento de la ITSS. Esto no significa que toda empresa vaya a ser inspeccionada, pero sí que la probabilidad ha dejado de ser insignificante, especialmente en los sectores de atención prioritaria: hostelería, construcción, comercio, logística, servicios de limpieza y plataformas digitales.

Inspecciones más técnicas

El laboratorio de informática forense y los sistemas de cruce de datos implican que las inspecciones serán más profundas y técnicas. Ya no basta con “tener algo”: hay que tener un sistema fiable, trazable y coherente con las nóminas y las cotizaciones.

El registro horario como eje transversal

El registro de jornada aparece en prácticamente todas las líneas de actuación del Plan: es instrumento de control del tiempo de trabajo, herramienta de verificación de horas extra, prueba del cumplimiento en teletrabajo y indicador de riesgo en prevención. Tener un sistema de registro robusto no es solo cumplir una obligación aislada: es la base sobre la que se asienta el cumplimiento en múltiples áreas.

Sanciones por trabajador

El anteproyecto de ley de registro horario digital, actualmente en tramitación, prevé que las sanciones se individualicen por trabajador afectado. Esto cambiaría radicalmente el coste del incumplimiento: una empresa con 50 trabajadores sin registro pasaría de una sanción global de hasta 7.500 EUR a una potencial sanción de hasta 500.000 EUR (50 trabajadores x 10.000 EUR por trabajador en grado máximo de infracción grave).

Aunque esta reforma aún no está en vigor, el Plan 2025-2027 anticipa este escenario y prepara a la ITSS para su implementación.

Cómo preparar tu empresa: checklist

  1. Audita tu registro horario actual. ¿Existe? ¿Es digital? ¿Registra horas reales de entrada y salida? ¿Se conserva durante cuatro años? ¿Es accesible para trabajadores y representantes? Si la respuesta a alguna de estas preguntas es no, tienes un problema que resolver. Nuestra guía sobre cómo preparar una auditoría de registro horario te ayudará a empezar.

  2. Verifica la coherencia registro-nómina. Cruza los datos de tu registro de jornada con las nóminas de los últimos meses. Si hay discrepancias entre las horas registradas y las horas pagadas, corrígelas antes de que la Inspección las encuentre.

  3. Formaliza los acuerdos de teletrabajo. Si tienes trabajadores que teletrabajan más del 30 % de su jornada, necesitan un acuerdo individual escrito con el contenido que exige la Ley 10/2021.

  4. Implementa una política de desconexión digital. No es opcional: es un derecho reconocido por ley. Documéntala, comunícala a la plantilla y aplícala.

  5. Revisa tus subcontratas y colaboradores autónomos. Asegúrate de que tus contratas son reales (no cesiones encubiertas), de que tus trabajadores de ETT están incluidos en el registro horario y de que tus autónomos no cumplen indicios de laboralidad.

  6. Actualiza la evaluación de riesgos. Incluye los riesgos psicosociales y verifica que tu plan de prevención tiene medidas concretas.

  7. Elige un sistema de registro con trazabilidad forense. Ante el laboratorio de informática forense de la ITSS, tener un sistema donde los registros son inalterables y cada acción queda documentada ya no es un lujo: es una necesidad.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo entra en vigor el Plan Estratégico ITSS 2025-2027?

El Plan fue aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros el 26 de agosto de 2025 y publicado en el BOE el 12 de septiembre de 2025 (BOE-A-2025-18078). Está en vigor desde su publicación y cubre el período 2025-2027. Las campañas de inspección derivadas del Plan ya han comenzado, como la campaña específica sobre registro horario y límites de jornada activada en septiembre de 2025.

¿El Plan crea nuevas obligaciones para las empresas?

No directamente. El Plan Estratégico es un documento de planificación interna de la ITSS que establece prioridades y asigna recursos. No modifica la legislación vigente ni crea obligaciones nuevas. Sin embargo, las empresas que ya incumplen obligaciones existentes (registro de jornada, acuerdos de teletrabajo, evaluación de riesgos, etc.) se enfrentan a un mayor riesgo de detección y sanción porque la ITSS va a dedicar más recursos a estas áreas.

¿Cuántos inspectores nuevos habrá y cuándo se incorporan?

El Plan prevé la incorporación de 554 nuevos inspectores y subinspectores de Empleo y Seguridad Social, así como subinspectores de Seguridad y Salud Laboral. Las incorporaciones se distribuirán a lo largo del período 2025-2027, tanto en los servicios centrales como en las inspecciones provinciales. Con estas incorporaciones, la plantilla total de la ITSS alcanzará una cifra sin precedentes.

¿Mi empresa puede ser inspeccionada sin denuncia previa?

Sí. La ITSS puede actuar de oficio (por iniciativa propia), por orden de la autoridad laboral, por petición de otros organismos públicos o por denuncia de trabajadores o sus representantes. El Plan 2025-2027 potencia especialmente las actuaciones de oficio basadas en cruces de datos y análisis masivo de información, lo que significa que la ITSS puede identificar empresas con indicios de irregularidad sin necesidad de que nadie denuncie.

¿Qué sectores son prioritarios para la ITSS en este Plan?

El Plan no establece una lista cerrada de sectores prioritarios, pero las líneas de actuación permiten identificar los sectores con mayor exposición: hostelería y restauración (turnos, horas extra, trabajo irregular), construcción (prevención de riesgos, subcontratación), comercio minorista (jornada, tiempo parcial), logística y transporte (jornada, descansos, subcontratación), servicios de limpieza (subcontratación, cesión ilegal), plataformas digitales (falsos autónomos, trabajo no declarado) y empresas con teletrabajo significativo (acuerdos formales, desconexión digital).

Protege tu empresa con DÁLTICO Equipo

El Plan Estratégico ITSS 2025-2027 marca un punto de inflexión en la capacidad de la Inspección de Trabajo para detectar incumplimientos. Más inspectores, más tecnología y un laboratorio forense digital configuran un escenario donde la pregunta ya no es si tu empresa será inspeccionada, sino cuándo.

DÁLTICO Equipo es el único sistema de registro horario en España certificado por perito informático forense. Cada fichaje genera una evidencia digital con trazabilidad completa: fecha, hora, dispositivo, geolocalización puntual y firma del trabajador. Cada modificación administrativa queda documentada de forma permanente. Ningún administrador puede alterar registros sin dejar rastro.

Ante el nuevo escenario del Plan ITSS 2025-2027, tener un sistema que resiste un análisis forense no es una ventaja competitiva: es el estándar mínimo que tu empresa necesita.

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